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“Una
invitación
a la
resistencia:
La
objeción
de
Conciencia”
Disertación
Académico
Dr. Hugo
Obliglio
Buenos
Aires,
16 de
noviembre
de 2009
Introducción
Hoy no
creemos
posible
responder
a la
suma de
leyes,
reglamentaciones
y
compromisos
de
Organizaciones
Internacionales,
sin
tener a
nuestro
alcance
y hacer
nuestra,
con el
fin de
defender
la vida
y la
dignidad
de la
persona
a la tan
olvidada
“objeción
de
conciencia”.
Para
nosotros,
profesionales
de las
ciencias
de la
salud,
la
posibilidad
de que
surjan
conflictos
morales
frente a
una
obligación
jurídica
considerada
injusta,
es en
estos
últimos
tiempos
una
realidad
creciente.
Afirma
Navarro
Valls
que
“cualquier
persona
puede
recurrir
a la
objeción
de
conciencia
aunque
no haya
una ley
que
específicamente
la
reconozca”.
Su
defensa
tuvo
origen
en la
cuestionada
nueva
ley
sobre el
aborto
que el
gobierno
español
prepara
en estos
días.
La
historia
de la
humanidad
nos
recuerda
situaciones
que bien
podemos
tomar
como
ejemplo.
Cuando
en el
siglo
VIII a.C.
se
fundan
Crotona
y
Tarento,
cuando
en
Grecia y
Anatolia
se vive
la
heroicidad
de las
Termópilas,
la
crueldad
de las
guerras
del
Peloponeso,
cuando
en la
edad de
hierro
de la
península
ibérica,
sobre el
Guadalquivir
se funda
el reino
de los
Tartessos,
ya se
habían
vivido
fundamentalmente
en el
arte de
la
guerra
hechos
vinculados
con la
objeción
de
conciencia,
tales
como el
rechazo
a la
rapiña,
a la
violación,
a la
matanza
de
inocentes
en
última
instancia
a la
desobediencia
de una
ley o de
una
orden
guerrera
considerada
injusta.
Cuatrocientos
años a.C,
Sócrates
pronunció
en el
Senado
de la
república
sus
famosos
cuatro
discursos:
al
Estado,
a los
jóvenes,
a las
mujeres
y a los
niños,
marcando
la
necesidad
de
concertar
la
conducta
humana a
los
cánones
de
armonía
y
justeza
que se
derivan
de la
naturaleza
misma de
las
cosa.
Sócrates
situó en
su
momento
por
“encima
de las
leyes de
la
Ciudad
la
obediencia
que debe
a la voz
interior
de su
conciencia
personal,
la cual
lo
guiaba
en el
conocimiento
de lo
verdadero
y del
bien”.
Su lucha
contra
los
sofistas
y la
franqueza
de sus
enseñanzas
morales
y
políticas
le
crearon
muchos
enemigos.
La
Ciudad
con el
juicio
de los
doce lo
condena
a muerte
a beber
la
cicuta y
pudiendo
haber
evadido
la
misma
quiso
ser fiel
a su
conciencia.
Otro
ejemplo
que se
esgrime
al
abordar
este
tema
hace a
la
tragedia
griega
que nos
recuerda
como
Antígona,
en la
tragedia
de
Sófocles,
se
convierte
en una
objetora
de
conciencia
al
desobedecer
a
Creonte,
rey de
Tebas,
dando a
su
hermano
Polinece
una
sepultura
digna,
que le
había
sido
negada
como
castigo
por
traición
a su
patria.
También
en la
antigüedad
cristiana,
los
emperadores,
haciendo
uso de
la
fuerza
sometieron
a un
pueblo
que,
oponiéndose
a la “cesarolatría”
llevaron
a la
muerte a
Justino,
a
Perpetua
y
Felicidad,
a
Orígenes
y a una
multitud
de
cristianos
que
antes de
abjurar
de su Fe
prefirieron
el
martirio
y la
muerte,
convirtiendo
su
valiente
actitud
en la
excelencia
de una
objeción
de
conciencia.
Ésta que
toma la
forma
del
martirio,
es
practicada
por
cristianos
pertenecientes
a todos
los
grados
de la
jerarquía
eclesiástica,
encontrándose
entre
sus
mártires
obispos,
sacerdotes,
diáconos
y una
multitud
inmensa
de
laicos”.
Dijo
Tertuliano:
“¿Creéis
que se
puede
añadir
un
juramento
humano a
un
juramento
Divino?
¿Darse a
otro
maestro
después
de
haberse
entregado
a
Cristo?
(…)”.
Los
Mártires
cristianos
no
cuestionan
directamente
las
instituciones
imperiales,
no se
resisten,
aceptan
las
decisiones
de los
tribunales.
Pero
defienden:
“la
primacía
de los
valores
superiores,
la
necesaria
coherencia
entre su
conducta
y sus
convicciones
religiosas
‘hay que
obedecer
a Dios
antes
que a
los
hombres’.
No
intentan
construir
una
justificación
de la
desobediencia
por
todas
partes o
de la
rebelión.
En
nombre
del
respeto
debido a
unos
valores
superiores,
se
niegan a
cumplir
ciertas
obligaciones
civiles,
a rendir
culto al
emperador
o bien a
participar
en
procesiones
paganas”.
A
mediados
del
pasado
milenio,
menciona
Schooyans,
que los
ejemplos
Cristianos
más
claros
de
objeción
de
conciencia
corresponden
a John
Fischer
y Tomás
Moro:
“(…) un
texto
poco
conocido
en el
que este
último
interpela
a los
obispos,
a menudo
inclinados
a un
exceso
de
complacencia
para con
Enrique
VIII.
Este
texto es
tanto
más
emotivo
cuanto
que fue
escrito
en
prisión,
poco
antes de
su
muerte:
“El buen
pastor,
dice
Cristo,
da su
vida por
sus
ovejas.
Por lo
tanto,
si todo
buen
pastor
da la
vida por
sus
ovejas,
es
seguro
que el
que
salva su
vida en
detrimento
de sus
ovejas
no actúa
como
buen
pastor.
(…) ¡Y
sobre
todo si,
bajo el
imperio
del
miedo
reniega
de Él
también
de
palabra
y se
separa
de Él
abiertamente!”
Y más
cerca de
nuestro
tiempo,
hace una
centuria,
cuando
Francia
anunció
en 1905
la
separación
de la
Iglesia
y del
Estado,
varios
oficiales
franceses
dimitieron
para no
tener
que
ejecutar
las
órdenes
de
expulsión
de
religiosos
y la
confiscación
de
bienes
de la
Iglesia.
Miles de
Cristianos
durante
el
régimen
soviético,
la
guerra
civil
española,
la de
los
Cristeros
en
México,
durante
el
nazismo
en la
Alemania
de
Hitler,
en China
y la
India en
la
actualidad,
así como
también
en
países
africanos,
han
sufrido
persecución
y
martirio,
poniendo
en
evidencia
una vez
más la
fuerza
de la
objeción
de
conciencia.
Ahora
bien el
tema que
hoy
vamos a
compartir
ha sido,
para mi
sorpresa,
brevemente
analizado
en las
numerosas
publicaciones
que
abarcan
a la
bioética
y que
hoy
apuntan
a
aclarar
el
oscuro
horizonte
que
ofrece a
la moral
el
vertiginoso
avance
de la
ciencia
y de la
tecnología,
sobre
todo en
este
último
medio
siglo.
El
prejuicio
laicista
Un mundo
en donde
el
utilitarismo,
el
pragmatismo
y el
relativismo,
se han
convertido
en
principios
que
condicionan
las
conductas
morales,
nos
obliga a
analizar
sus
metodologías
de
acción,
que
parecieran
no solo
ser
exitosas
sino que
también
inobjetables.
El
prejuicio
laicista,
encuentra
como
dice
Poupard,
un
fideísmo
de la
norma
que les
niega
capacidad
a los
católicos
de
participar
en un
“dialogo
aséptico”
puesto
que
“profesan
las
normas
morales
como si
fueran
un
credo, y
la
autoridad
toma las
normas
como una
revelación
y una fe
ajenas y
despreocupadas
de la
razón”.
Esta
brecha
entre fe
y razón
en todo
aquello
que hace
a la
tutela y
promoción
de la
investigación
científico-tecnológica
en el
campo de
las
ciencias
de la
vida,
conforman
un
‘fideísmo
bioético’
que
impide,
o en el
mejor de
los
casos
tergiversa
el
imprescindible
dialogo
cultural
tan
necesario
hoy en
la
búsqueda
de una
verdadera
moral
objetiva.
Es un
deber
indeclinable
el
rechazar
la
cooperación
con el
mal.
Gran
responsabilidad
asumen
hoy
políticos
y
legisladores
al
auspiciar
leyes
que en
nuestra
disciplina
atentan
contra
la vida
y la
dignidad
de la
persona,
tales
como el
aborto,
la
eutanasia,
la
esterilización
y la
procreación
artificial
entre
otras.
Decía
S.S Juan
Pablo II
en su
alocución
en el
Tribunal
de la
Rota
Romana
el 28 de
enero
del 2002
En su
nota
número
5:
“cuando
la
acción
política
se
confronta
con unos
principios
morales
que no
permiten
ninel
guna
derogación,
excepción
o
componenda,
entonces
el
compromiso
político
de los
políticos
se
vuelve
evidente
y
cargado
de
responsabilidades”
(…).
“Frente
a estas
exigencias
éticas
fundamentales,
a las
cuales
no se
puede
renunciar,
los
Cristianos
deben
saber,
en
efecto,
que está
en juego
la
esencia
del
orden
moral
que
concierne
al bien
integral
de la
persona.”
Antes de
acudir a
la
objeción
de
conciencia
el
laicismo
dominante
pareciera
poner
una
serie de
instancias
con el
fin de
conformar
una
acción
moralmente
no
objetable.
Es por
esta
razón
que creo
necesario
en
primer
lugar
hablar
del
consenso
y de la
tolerancia
como dos
instancias
que
utiliza
la
modernidad
para
imponer
con un
desviado
perfil
democrático,
su
voluntad.
El
consenso
No es
este el
momento
para
analizar
en
detalle
un
entorno
cultural
que
utiliza
en la
toma de
decisiones,
metodologías
a mi
entender
equivocadas.
Por un
lado,
manipulan
las
decisiones
a través
del
consenso,
y todos
somos
concientes
que en
una
votación,
mayoría
no
significa
verdad.
La
asociación
entre
consenso
y
democracia
obviamente
mal
interpretada,
se
convierte
para el
ciudadano
en una
verdad.
Es
importante
aclarar
que
consenso
significa
a la
vez: un
acuerdo
general,
y un
proceso
para
alcanzar
dicho
acuerdo.
Se ha
dicho
que el
verdadero
consenso
implica
«satisfacer
las
necesidades
de
todos».
La toma
de
decisión
por
consenso
intenta
denigrar
el papel
de
facciones
o
partidos
y
promover
la
expresión
de voces
individuales,
aunque
es
erróneo
pensar
que la
raíz de
la
democracia
se
encuentre
en el
consenso.
Existe
un
número
de
críticas
sobre la
toma de
decisión
por
consenso.
Una es
que
puede
llevar a
una
situación
donde un
número
relativamente
pequeño
de
personas,
una
fracción,
pueda
bloquear
la
acción
que es
deseable
por la
mayoría.
Otra es
que
puede
haber
decisiones
donde la
polarización
ocurre y
no se
puede
alcanzar
consenso.
En tales
casos un
grupo u
organización
tendría
la
capacidad
de
llegar a
inmovilizar
su
dinámica
operativa.
La toma
de
decisión
por
consenso
ha sido
también
criticada
porque
no hay
ninguna
persona
comprometida
específicamente
con las
consecuencias
de una
decisión,
al
distribuir
la
responsabilidad
entre
todos
los
miembros
del
grupo.
La toma
de
decisión
por
consenso
puede
llevar a
cierta
dinámica
patológica
de
grupo.
Es
decir,
se puede
desalentar
a las
personas
de
expresar
opiniones
contrarias
por la
preocupación
de que
las
mismas
rompan
con el
consenso.
Esto
degeneraría
en una
situación
conocida
como «conformismo
grupal»
en la
cual
cada
persona
de un
grupo
cree que
cierta
estrategia
es mala,
pero
nadie
esta
dispuesto
a
expresar
esa
opinión
porque
tiene la
impresión
errónea
que los
demás
miembros
del
grupo
apoyan
dicha
estrategia.
Como
consecuencia
de lo
dicho
podemos
afirmar,
que, si
a través
del
consenso,
toleramos
o
cooperamos
con el
mal,
votando
una ley
inicua,
que no
respeta
la vida
o la
dignidad
de la
persona,
estamos
actuando
moralmente
mal. Ya
que al
no
respetar
la vida
humana,
rechazamos
como
dice
Schooyans,
nuestra
propia
moral
“hasta
el punto
de
adherirnos
a una
concepción
perversa
de la
democracia”.
Tolerancia
En esta
rápida
advertencia,
el
segundo
punto a
tener en
cuenta
pasa por
la
tolerancia.
Se tilda
a la
conciencia
cristiana,
de
intolerante
y
fundamentalista
y
también
aquí
entramos
en una
asociación
equívoca
que
desvirtúa
el
diálogo,
puesto
que hoy,
fundamentalismo
es
sinónimo
de
terrorismo.
Lo que
debemos
hacer es
realizar
un
profundo
análisis
de lo
que el
concepto
de
tolerancia
trae
aparejado.
En una
realidad
cultural
abierta
al
pluralismo
teñido
de un
profundo
relativismo,
la
tolerancia
es el
instrumento
para
borrar
todo
tipo de
diferencias;
“En la
ausencia
de
modelos
comunes,
la
tolerancia
se
convierte
en
indiferencia
y el
pluralismo
cultural
degenera
en un
espectáculo
estético
en el
que
saboreamos
las
curiosas
costumbres
de
nuestros
vecinos
con la
fruicción
del
entendido.
Pero
nunca
sometemos
a esos
mismos
vecinos
como
individuos
a
ninguna
clase de
juicio
(…) la
suspensión
del
juicio
nos
condena
lógicamente
a la
soledad”.
La
realidad
nos dice
que el
tema de
la
tolerancia
es un
artificio
utilizado
por el
laicismo
internacional
“para
enmascarar
su
voluntad
de
imponer
y
generalizar
un
integrismo
racionalista,
fundamentalmente
anticristiano”.
Este
integrismo
encuentra
su
fundamento
en un
estado
de corte
liberal,
que como
ya
anticipaba
John
Locke
debía
solo
garantizar
las
libertades
de
conciencia,
pensamiento
y
expresión.
No debe
sorprendernos
el deseo
de
imponer
con la
globalización
una
nueva
ética,
un nuevo
decálogo,
así como
también
nuevos
derechos,
léase
New Age
y Carta
de la
Tierra
En
resumen,
se esta
auspiciando
un
relativismo
que a
través
de la
tolerancia
nos
acerca
una
verdad
que pasa
por la
libertad
de hacer
lo que
se
quiere.
Esta
idea que
va
tomando
cuerpo a
nivel
mundial,
lleva
implícita,
“una
violencia
sin
precedentes
en la
historia,
esta
violencia
va
dirigida
al YO
físico y
psicológico
de cada
uno y
apunta a
la
familia
donde se
forma
ese YO.
Con una
concepción
tan
degradante
del
hombre y
de sus
derechos,
de la
familia
y de la
sociedad,
la
democracia
se
vuelve
absolutamente
imposible”.
A través
de esta
particular
interpretación
de la
tolerancia
una
nueva
revolución
cultural
está en
marcha.
Objeción
de
conciencia
Pensamos
que la
objeción
de
conciencia,
es una
tabla de
salvación
que si
bien
debemos
saber
manejar
y tener
al
alcance
de
nuestra
mano, es
un
recurso
al cual
es
deseable
no tener
necesidad
de
acceder.
La
palabra
conciencia
proviene
del
latín
cum-sceire,
es
decir,
conocer
junto al
otro; en
griego
su
equivalente
es
sunéidesis
que
significa
saber
común.
Desde
Cicerón,
comenta
Basso,
tiene
también
otro
sentido,
que
sería el
resultado
del acto
de
aplicar
la
ciencia
o el
conocimiento
a un
hecho
particular.
Para
dar
validez
a la
misma
creemos
en la
conveniencia
de
recordar
que la
conciencia
es “un
juicio
de la
razón
práctica
que
partiendo
de los
principios
comunes
del
orden
moral,
dictamina
sobre la
moralidad
de un
acto
propio
que se
realizó,
se
realiza,
o se va
a
realizar.”
“Es en
la
conciencia
y en la
dignidad
de la
persona
humana
en que
se
apoya,
que se
funda la
libertad
de
conciencia,
o sea
que no
se
coaccione
ni se
obligue
a nadie
a hablar
contra
su
conciencia,
ni se le
impida
que
actúe
conforme
a ella
en
privado
y en
público,
solo o
asociado
con
otros,
dentro
de los
limites
debidos”
El
termino
“objeción
de
conciencia”,
expresa
un
rechazo
a algo
externo
(una
norma
social)
por una
razón
íntima
de una
persona.
Trasladados
al campo
del
Derecho,
la
objeción
de
conciencia
plantea
en sí la
posición
entre la
norma
jurídica,
y el
imperativo
íntimo
que
supone
la
conciencia
individual.
Elena
Lugo en
la
conferencia
que
pronunciara
días
atrás en
la
Ciudad
de
Córdoba
hace
especial
mención,
a la
objeción
de
conciencia
institucional,
tema de
importancia
jurídica
y
legislativa
en razón
del
oportunismo
político
en
legislar
al
respecto.
Pone
como
ejemplo
lo
ocurrido
en
Puerto
Rico, en
el
Sanatorio
de la
Inmaculada
Concepción
- San
Germán.
A
aquellas
pacientes
que
pedían
la
píldora
del día
después
como
medio
abortivo,
el
hospital
a través
de su
equipo
de salud
respondía:
“Nosotros
ni
lo
tenemos
ni lo
recetamos
ni lo
vamos
a
proveer
ni
tampoco
podemos
facilitarle
que
usted lo
consiga.
Usted
es libre
de
recurrir
a otras
instituciones
a otros
lugares
que
puedan
ofrecerla
pero
aquí
no'.
Pero no
solamente
se le
dice
'aquí no
se hace
esto',
sino
también:
'aquí
tenemos
otros
servicios
que
usted
puede
tener
en
cuenta
si usted
está
pensando
abortar;
tenemos
un
servicio
de
cuidado
materno,
cuidado
fetal,
cuidado
del
recién
nacido,
y
podemos
darle el
apoyo
necesario
para que
usted no
tenga
que
abortar
si usted
decide
no
abortar.
(…)
Solamente
una
institución
que
tiene
ese
ideario
y que
hace
pública
declaración
de su
misión,
puede en
caso de
ser
necesario
hacer
una
objeción
de
conciencia
institucional,
particularmente
estamos
hablando
de
hospitales
privados
y
confesionales,
que
tienen
un
compromiso
de
lealtad
a unos
principios
que no
son
negociables.
Y que
tienen
básicamente
que ver
con la
dignidad
de la
vida".
Nuestra
Academia
Nacional
de
Medicina,
el 28 de
septiembre
del
pasado
año
2000,
hace una
declaración
sobre
objeción
de
conciencia
que
debiera
estar en
la mente
de todos
los
operadores
de la
ciencia
de la
salud.
Dice:
“En el
ejercicio
de su
profesión,
el
médico
está
obligado
a
aplicar
los
principios
éticos y
morales
fundamentales
que
deben
regir
todo
acto
médico,
basado
en la
dignidad
de la
persona
humana.
Esta
actitud
debe ser
la que
guíe al
profesional
ante el
requerimiento
de todo
individuo
que ve
afectada
su
salud.
Distinta
es la
situación
cuando
el
paciente
le exige
realizar
un
procedimiento
que el
médico,
por
razones
científicas
y/o
éticas,
considera
inadecuado
o
inaceptable,
teniendo
el
derecho
a
rechazar
lo
solicitado,
si su
conciencia
considera
que este
acto se
opone a
sus
convicciones
morales.
Esto es
lo que
se
denomina
objeción
de
conciencia,
la
dispensa
de la
obligación
de
asistencia
que
tiene el
médico
cuando
un
paciente
solicitara
un
procedimiento
que él
juzga
inaceptable
por
razones
éticas o
científicas.
Este es
un
derecho
que debe
asistir
al
médico
en su
actividad
profesional.
(…) En
la
Ciudad
de
Buenos
Aires
aún no
se ha
dictado
la Ley
de
Ejercicio
Profesional
de
Medicina;
en
cambio,
si
existe
la Ley
298 para
el
ejercicio
de la
Enfermería
cuyo art.
13
considera
la
objeción
de
conciencia.
(…) La
Academia
Nacional
de
Medicina
ratifica
su
opinión,
dada a
conocer
en su
oportunidad,
respecto
al
derecho
a la
vida de
la
persona
humana
desde el
momento
de la
concepción
y el
rechazo
a todo
método
que
interrumpa
el
embarazo.
La
objeción
de
conciencia
es un
testimonio
pacífico
y
apolítico
por el
cual un
médico
puede no
ejecutar
un acto
reglamentariamente
permitido,
sin que
ello
signifique
el
rechazo
de la
persona
y el
abandono
del
paciente”.
Los
atentados
contra
el
hombre
llevados
a cabo
hoy, con
un
eufemismo
que pasa
por el
respeto
de los
derechos
humanos,
han
adquirido
un
creciente
grado de
refinamiento
y
crueldad
difícil
de
imaginar
en
épocas
pasadas.
Si la
legislación
es
permisiva
o la
autoridad
dictatorial,
es
cuando
la
sociedad
nos
ofrece o
así lo
debiera
hacer,
la
oportunidad
de
recurrir
al
derecho
de
objeción
de
conciencia.
En el
plano
internacional,
en la
mayoría
de los
países,
por lo
menos en
sus
comienzos,
la
objeción
de
conciencia
se ha
relacionado
casi
exclusivamente
con la
obligatoriedad
del
servicio
militar.
Esto
trae a
nuestra
memoria
un
trabajo
de
Llamazares
citado
por
López
Guzmán:
“La
objeción
de
conciencia
el los
profesionales
de la
salud”,
donde
decía
que “en
España
la
proporción
de
objetores
de
conciencia
era: 81%
por
motivos
no
religiosos
y 19%
por
motivos
religiosos
(6% de
Testigos
de
Jehová)”
En el
ámbito
sanitario
las
causas
más
frecuentes
que
plantean
al
equipo
de salud
el
acogerse
a la
objeción
de
conciencia
son: la
participación
en
abortos,
la
facilitación
del
anticonceptivo,
la
participación
en el
suicidio
asistido,
la
investigación
o
elaboración
de
fármacos
con
material
de fetos
humanos,
la
esterilización
y la
reingeniería
genética
con la
consecuente
muerte
del
embrión
o el
desconocimiento
del
impacto
alejado
que esta
puede
tener el
en
futuro.
Pero
existe
también
como
menciona
López
Guzmán
la
posibilidad
que la
objeción
de
conciencia
sea
planteada
no por
el
equipo
de
salud,
si no
que por
el
paciente,
familiares
o sus
representantes
legales.
“Éste es
el caso
del
rechazo
de los
testigos
de
Jehová a
recibir
transfusiones
de
sangre
debido a
su
particular
interpretación
del
Levítico
3,17; la
negación
a
recibir
productos
biológicos
de
animales
proscritos
por
parte de
determinadas
comunidades
religiosas;
la
oposición
de
mujeres
de
ciertas
sectas a
exploración
física;
la
negación
de
recibir
tratamiento
farmacológico
por
aquellos
que sólo
consideran
la
oración
como
remedio
válido,
fundando
su
criterio
en la
interpretación
que
realizan
de la
Epístola
de
Santiago
5,
14-15.”
El
dictado
de las
leyes
argentinas,
que
aprobaron
el
“Programa
Nacional
de Salud
Sexual y
Procreación
Responsable”
y
recientemente
la
autorización
de la
ligadura
de
trompas
y
vasectomía,
como
también
decisiones
judiciales
relativas
al
aborto,
la
aprobación
del
protocolo
de
Naciones
Unidas
para la
Convención
sobre la
Eliminación
de Todas
las
Formas
de
Discriminación
contra
la Mujer
-CEDAW,
plantean
sin
duda,
serios
problemas
de
conciencia
a los
profesionales
católicos
de la
salud,
así como
también
a los
integrantes
de
distintas
religiones
y
sectas,
o a
aquellos
que sin
profesar
ninguna,
consideran
que las
disposiciones
legales
y
judiciales
citadas
resultan
lesivas
a sus
principios
morales.
Como
ejemplo
reciente
del que
hacer
frente a
una ley
inicua
como lo
es la
Ley
Nacional
Nº
25.673,
que crea
el
Programa
Nacional
de Salud
sexual y
Procreación
Responsable,
haremos
mención
del
Recurso
de
Amparo
presentado
por el
Consorcio
de
Médicos
católicos,
presidido
en esa
oportunidad
por el
Dr.
Carlos
Carranaza
Casares
y que
tuvo
como
patrocinantes
a los
Drs.
Eduardo
Quintana
y
Alberto
Solanet.
De su
brillante
planteo
y la
estrategia
seguida,
quiero
rescatar
solamente
la
argumentación
jurídica
poniendo
de
manifiesto
los
derechos
constitucionales
lesionados:
1. La
libertad
de
conciencia
asegurada
por los
artículos
14, 33 y
75 Inc.
22 de La
Constitución
Nacional
(Art. 3
de la
declaración
americana
y Art.
18 de la
declaración
universal)
2. La
igualdad
de la
ley
(Art. 16
de de La
Constitución
Nacional)
Por
tratar
con el
mismo
resero a
quienes
tienen
reservas
de
conciencia
protegidas
por la
Carta
Magna
que a
quienes
no la
tienen.
Se
olvida
legislar
con la
verdad,
motivo
por el
cual
vivimos
la
crítica
situación
de tener
que
defendernos
con la
objeción
de
conciencia,
derecho
éste,
negado
en
algunos
lugares
como en
el
reciente
caso de
España
en donde
desde el
pasado
lunes 28
cambió
el
estatus
de la
píldora
del día
después.
Estas se
podrán
vender
en las
farmacias,
sin
recetas,
a
mujeres
mayores
de 12
años.
Dejando
de lado
lo
marcados
efectos
secundarios
de la
misma,
lo
dramático
es el
promover
el
asesinato
de un
ser
humano,
recientemente
concebido.
Ahora
bien, el
rechazo
de un
importante
número
de
farmacéuticos
a
entregar
dicha
píldora,
llevó a
hacer
uso una
vez más
de la
objeción
de
conciencia,
advirtiendo
además,
con una
folletería
seria y
comprensible,
los
riesgos
de su
utilización.
La
contra
cara es
que el
Estado
tratará
de
imponer
su
venta,
castigando
con una
importante
multa a
quien se
niegue a
venderla,
obstaculizando
una vez
más el
ejercicio
de la
libertad
de
conciencia.
Siguiendo
la línea
de
pensamiento
de esta
exposición
que
quiere
ser
solamente
un
llamado
de
atención
a la par
que de
reflexión
sobre el
tema,
resaltaré
algunos
hechos
que
considero
puntos
de
meditación.
Sugiero
tener en
cuenta
al
abordar
la
objeción
de
conciencia:
-
Rescatarlo
de
ese
cuasi
olvido
subconsciente
que
lo
mantuviera
hasta
no
hace
mucho
tiempo
en
el
arcón
de
los
recuerdos.
-
Fijar
conceptos
que
según
nuestra
antropología
personalista,
permitan
precisar
qué
es
lo
que
debemos
entender
por
conciencia
recta
y
como
consecuencia
los
alcances
de
su
objeción.
-
Finalmente
meditar
la
actitud
a
tomar
a
fin
de
impedir
que,
el
núcleo
más
secreto
y el
santuario
más
íntimo
del
hombre,
deje
de
irradiar
la
luz
natural
que
surge
de
él
para
adentrarse
en
una
sobrecogedora
tiniebla.
A la
búsqueda
de una
solución
La
solución
que
permitiría
salvar
el
equivocado
camino
que nos
obliga
al uso
de la
objeción
de
conciencia,
es el
trabajar
desde la
más
temprana
edad en
desarrollar
una
conciencia
cierta.
Son
palabras
de S.S.,
“Un
obstáculo
particularmente
insidioso
en la
obra
educativa
es hoy
la
masiva
presencia
en
nuestra
sociedad
y
cultura
de ese
relativismo
que, al
no
reconocer
nada
como
definitivo,
sólo
tiene
como
medida
última
el
propio
yo con
sus
gustos y
que, con
la
apariencia
de la
libertad,
se
convierte
para
cada
quien en
una
prisión,
pues
separa
de los
demás,
haciendo
que cada
quien se
encuentre
encerrado
dentro
de su
propio
«yo». En
un
horizonte
relativista
así no
es
posible,
por
tanto,
una
auténtica
educación:
sin la
luz de
la
verdad
antes o
después,
toda
persona
queda
condenada
a dudar
de la
bondad
de su
misma
vida y
de las
relaciones
que la
constituyen,
de la
validez
de su
compromiso
para
construir
con los
demás
algo en
común”.
Otra
situación
a
considerar
como una
solución
más es
el
atender
al
impacto
que en
el
derecho
a la
vida,
hace hoy
la
subversión
del
lenguaje
de la
verdad.
Pocas
veces
los
legisladores,
los
periodistas,
los
hombres
de la
mass-media,
han
estado
mejor
preparados,
y a la
vez han
sido tan
vulnerables
a la
manipulación
de la
información
en
beneficio
de
determinados
intereses,
a la
falta de
transparencia
y a la
fragilidad
laboral.
Esta
situación
se
expresa
en el
riesgo
que
conlleva
el
apartarse
del
lenguaje
de la
verdad
poniendo
en
peligro
el
derecho
a la
vida y
yendo a
la
búsqueda,
como
consecuencia
de este
error, a
recurrir
al
subterfugio
de
legislar
acerca
de la
objeción
de
conciencia.
Convendría
volver a
recordar
lo que
raza el
saber
popular:
“Saber
decir
sí
es un
arte.
Saber
decir
no
sin
herir y
sin
abdicar
de las
propias
convicciones
o
valores,
es un
nivel de
educación
que
pareciera
que
logran
muy
pocos.
Pero
saber
decir no
de una
manera
civilizada
es
indispensable
para
relacionarse
creativamente
con los
demás
sin
hipotecarse
a nada
ni a
nadie.
Decir
que no,
aclara
nuestra
postura
y
nuestros
sentimientos.
(…)
Sepamos
decir no
cuando
debamos
hacerlo.
Con
educación
y
quizás,
por que
no,
también
con una
sonrisa.”
Notas
www.zenit.org
Congreso
de
los
Juristas
Católicos,
Madrid.
21.09.2009
Cf.
M.
Schoyans.
Objeción
de
conciencia
en
marteria
de
Salud:
el
caso
de
los
políticos.
Lexicon.
Ediciones
Palabra.
Madrid.2004.
pp.
875-901
L.
Altamirano.
Periódico
Católico
Encuentro.
Octubre
2009
|